Son lugares en los que podemos descansar, pasear, tomar el sol, hacer deporte, disfrutar de la naturaleza y a los que no todas las personas pueden acceder debido a la cantidad de barreras urbanísticas que presentan.
Para garantizar que todas las personas puedan disfrutar de los parques y jardines de la ciudad, éstos deben contemplar las siguientes características.
La parada del transporte público debe estar situada delante de la zona acceso a al parque.
En las zonas de aparcamiento, se deberán reservar plazas para personas con movilidad reducida. Estas deben estar correctamente señalizadas, próximas a los accesos peatonales y cumplir con las dimensiones reglamentarias.
Al menos una ruta de acceso debe conectar el aparcamiento accesible, la parada de transporte público, la entrada accesible y los servicios del parque (fuentes, aseos, kioscos, bares…)
Todos los espacios deberán estar correctamente señalizados, especialmente la dirección y distancia hacia los servicios e instalaciones de que dispone.
En el acceso principal al parque debe haber un plano en relieve de la silueta del parque con la información en macrocaracteres y sistema braille, en el que aparezca la localización tanto de los elementos estructurales y servicios: rampas de acceso, kioscos, fuentes, aseos, kioscos, columpios… como de las distintas rutas y senderos.
El pavimento debe ser antideslizante en seco y mojado. Las juntas no deben ser de más de 1 cm de grosor. Se deben utilizar diferentes texturas y colores para distinguir las zonas de paseo de las recreativas.
Si las sendas están pavimentadas con tierra, tendrán un grado de compactación superior a 90% y dispondrán de canalizaciones para que no se produzcan encharcamientos de agua.
Las rejillas estarán enrasadas con el pavimento, estarán colocadas en sentido transversal a la marcha y no tendrán orificios de más de 2 cm.
El ancho mínimo libre de obstáculos será de 1,50 m de manera que garantice el paso, el cruce y el giro o cambio de dirección de personas, independientemente de sus características o modo de desplazamiento.
En los momentos en los que aparezcan señales verticales, elementos de jardinería, papeleras… el ancho mínimo de paso debe ser de 90 cm.
En los itinerarios peatonales deberá quedar una altura mínima libre de obstáculos de 2,20 m, para ello se deben podar los árboles con regularidad para que ni las ramas ni los troncos inclinados invadan este espacio. En caso de que esto no sea posible por las características del árbol, debe ponerse una valla perimetral protectora para que las personas ciegas puedan detectarla con el bastón.
Todos los desniveles se salvarán con rampas. Tanto estas como los escalones deben estar correctamente señalizados.
Cada 50 metros debe haber un área de descanso dotada con bancos, papelera y un espacio libre mínimo de 0,90 x 1,20 m que permita la estancia de una persona en silla de ruedas sin obstaculizar a los viandantes.
Los bancos, fuentes, papeleras u otros elementos del mobiliario se colocarán de forma alineada, preferentemente en zona de sombra y sin invadir el espacio peatonal.
Los asientos de los bancos deben ser ergonómicos, deben tener respaldo y reposabrazos para facilitar su uso a personas mayores o con movilidad reducida. El asiento debe estar aproximadamente a 45 cm del suelo, y el fondo del asiento será de unos 45 cm.
Será uniforme y se resaltarán elementos importantes como paneles informativos, cabinas telefónicas, bancos, papeleras…
Al ser los parques y jardines espacios abiertos, deben presentar una estructura ordenada, estar correctamente delimitados mediante vallas, bordillos… y contar con elementos naturales que faciliten la orientación a las personas ciegas y sordociegas. Por ejemplo el sonido del agua de una fuente o arroyo, el sonido de las ramas movidas por el viento, el canto de los pájaros, el olor de plantas aromáticas bien escogidas y colocadas en determinadas zonas, el uso de diferentes texturas en el pavimento, el uso del color y los contrastes en los distintos elementos del parque, etc.
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