Guía de Accesibilidad en el Ámbito de la Cultura, Ocio y Deporte

Guía desarrollada por:

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Financiada por:

Ayuntamiento de Málaga, abre en ventana nueva

Entidades colaboradoras:

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Signovisión, abre en ventana nueva
Fiapas, abre en ventana nueva
Down Málaga
ARASAAC, abre en ventana nueva
ADAC
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Equipo de elaboración de esta guía

Atención personalizada

Esta sección recoge los siguientes apartados:

Servicios de atención al usuario

La ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención de personas en situación de dependencia, reconoce el derecho de las personas con gran dependencia a la contratación de un asistente personal que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria. Establece para ello prestaciones económicas para contribuir a la contratación de dicho asistente.

La realidad es que esta labor la siguen realizando de un modo informal, familiares o personas del entorno de las personas en situación de dependencia.

Los cambios en el modelo de familia y la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo, hacen imprescindible una revisión de este sistema tradicional de atención.

Cuando una persona con discapacidad decide informarse o participar en cualquier actividad, independientemente de que vaya sola, acompañada por un familiar, o por su asistente personal, es necesario que el personal que trabaja en atención al usuario, conozca las pautas generales sobre cómo dirigirse y atenderla correctamente.

Lo idóneo es que exista en los edificios públicos el servicio de acompañamiento para personas con discapacidad y el servicio de intérpretes de lengua de signos. Si no existen estos servicios, la plantilla del personal debe conocer las técnicas guía de ayuda al desplazamiento para aquellas personas ciegas, sordociegas o deficientes visuales que lo soliciten y poseer un conocimiento básico de lengua de signos para poder atender correctamente a personas sordas, sordociegas o hipoacúsicas.

La clave en la atención a personas con discapacidad es la naturalidad, aunque es necesario aprender algunas nociones para interactuar correctamente con ellas.

En el caso de personas con movilidad reducida, que usen bastón, muletas o andador, podemos ofrecer nuestro brazo o simplemente acompañarlos, ajustándonos al ritmo de su paso y ofreciendo una silla de ruedas si la distancia a recorrer es amplia. Si la persona usa silla de ruedas, debemos situarnos en frente, y preguntarle si necesita ayuda antes de empujar la silla. Si asiente, no debemos llevarla demasiado deprisa ni girarla con brusquedad.

Para dirigirnos a personas ciegas o con limitaciones visuales, debemos identificarnos en primer lugar, hablar de forma clara en un tono normal, usar palabras como “ver” o “mirar” con naturalidad, evitar términos imprecisos como “allí” o “eso”, preguntar si necesita ayuda antes de ofrecerle el brazo, advertir de los posibles obstáculos en la marcha…

Para atender a personas sordas o hipoacúsicas, se recomienda no gritar, hablar vocalizando correctamente y a un ritmo medio, mirar a los ojos, apoyarnos con gestos, no dar la espalda ni girar la cabeza, ayudarnos de la escritura…

Si la persona tiene limitaciones en la comunicación, trataremos de conocer el método de comunicación que usa, sobre todo cómo dice “sí” o “no”. Formularemos preguntas a las que pueda responder y le haremos saber si hemos comprendido su respuesta. Esperaremos a que termine el mensaje y nunca manipularemos su ayuda técnica de comunicación sin permiso.

Para atender a personas con limitación intelectual debemos tratarles de forma adecuada en función de su edad ya que no son “niños eternos”, le daremos tiempo para que puedan pensar y responder, usaremos mensajes breves, concisos, directos y sin doble sentido, si no nos han entendido buscaremos expresiones más sencillas, respetaremos sus silencios, evitaremos actitudes paternalistas y siempre permitiremos que tomen sus propias decisiones.

Como norma general, debemos dirigirnos a la persona con discapacidad, no a su acompañante, y preguntar cómo desea ser atendida. La clave está en ser naturales y sencillos.

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Servicio de acompañamiento

La finalidad de este servicio es asistir a las personas con discapacidad en lo que necesiten, sin olvidar que son personas independientes.

Actualmente se está implantando este servicio en los organismos públicos, transportes, espacios culturales… pero en muchos lugares esta labor la prestan de forma voluntaria y altruista los trabajadores, sin ningún tipo de regulación, control ni formación especializada. No siempre la persona con discapacidad recibe la atención que necesita.

La ley de atención a las personas con discapacidad en Andalucía, recoge que “las entidades responsables de la oferta de ocio, cultura y actividades físicodeportivas incorporarán a los profesionales adecuados en las actuaciones que desarrollen destinadas a las personas con discapacidad”. Por tanto habrá que contar con un servicio de acompañamiento compuesto por personal cualificado.

Con la implantación de este servicio, la persona con discapacidad contará con la ayuda de una persona formada en materia de discapacidad, que la recogerá en un punto de encuentro, la ayudará a acceder al edificio, la acompañará y asistirá en las tareas en las que necesite ayuda. Para planificar este servicio, los usuarios con discapacidad deberán solicitarlo con antelación llamando por teléfono, mediante fax, sms o e-mail.

La formación de este asistente incluirá campos de conocimientos como: tipos y grados de discapacidad, necesidades de los distintos colectivos, ayudas técnicas, lengua de signos, sistema braille, técnicas guía para personas ciegas y sordo-ciegas…

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Servicio de Intérprete de Lengua de Signos

Una de las principales reivindicaciones del colectivo de personas sordas y sordociegas es el derecho a la accesibilidad en la comunicación.

Para hacer frente a las barreras de comunicación que sufre este colectivo existe la figura del Intérprete de Lengua de Signos, que hace de puente de comunicación entre la comunidad sorda y la comunidad oyente.

Es un profesional, cuya formación se recoge en el R.D: 2060/1995 de 22 de diciembre, donde se establece el Título de Técnico Superior en Interpretación de la Lengua de Signos Española. Y se define como aquel profesional competente en lengua de signos española y las lenguas orales de su entorno, capaz de interpretar mensajes emitidos en una de esas lenguas a su equivalente en la otra de forma eficaz.

Su profesión se regula a través de un código ético, cuyos principios fundamentales son la confidencialidad, neutralidad y objetividad.

A través de los intérpretes de lengua de signos y los guías-intérpretes, las personas sordas y sordociegas pueden conseguir la integración social, académica, laboral y cultural.

Por ello, en todas las actividades culturales, de ocio y deportivas se debe contar con el servicio de interpretación de lengua de signos, y guía-interpretación de personas sordociegas. El número de intérpretes deberá ser suficiente para la duración del evento, previendo los necesarios descansos.

Se deberá disponer de micrófonos adicionales para los intérpretes y para las personas con discapacidad.

La organización debe facilitar a los intérpretes previamente copias del programa y contenido de las actividades.

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