Nº Expediente
2005/507
Tipo de resolución
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Sentido de la resolución
ESTIMADA
Sinopsis
ICIO por Licencia de Obra Menor y Licencia de Obra Mayor. Expediente de Apremio: La pretensión
anulatoria no se funda en ninguno de los motivos de impugnación del procedimiento de apremio, art.
167.3 LGT: La alegación de que el impuesto debió liquidarse cuando las obras se iniciaron y no
provsionalmente cuando la licencia se concedió, no es un argumento que pueda hacerse en vía de
apremio, sino en vía de impugnación de la liquidación, que el interesado no recurrió. Además, dicha
alegación ha sido objeto de pronunciamiento desestimatorio reiterado del Jurado Tributario cuando se
ha impugnado directamente una liquidación de ICIO. Error en la providencia de apremio por incorrecta
identificación de la deuda: Procedencia. El expediente administrativo es confuso, no queda
identificado el lugar de las obras ni en qué consistieron éstas, ni siquiera si las que se
ejecutaron lo fueron por la licencia solicitada o por una orden de ejecución posterior. Liquidación
improcedente que afecta a la providencia de apremio. Estimación respecto a este concreto aspecto.