Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Málaga
El objeto del presente Reglamento es regular el Servicio de Ayuda a Domicilio en el Ayuntamiento de Málaga, en base a la Orden del 15 de noviembre de 2007:
El objeto del presente Reglamento es regular el Servicio de Ayuda a Domicilio en el Ayuntamiento de Málaga, en base a la Orden del 15 de noviembre de 2007:
Define las normas y procedimientos relativos a los vertidos de aguas a las Redes de Saneamiento para la protección de dichas instalaciones, así como las de depuración, los recursos hidráulicos del municipio, y, por tanto, el medio ambiente y la salud de las personas.
Este reglamento es regular la gestión integral de los documentos en el Ayuntamiento de Málaga y determinar las responsabilidades y funciones de los diferentes órganos, servicios y centros que componen el Sistema Municipal de Archivos.
El procedimiento abreviado regulado en el presente reglamento se aplicará para el ejercicio de la potestad sancionadora por hechos constitutivos de infracciones leves tipificados en las ordenanzas y demás normas municipales que regulen materias que afecten a las relaciones de convivencia y al uso de los servicios, equipamientos, infraestructuras, instalaciones y espacios públicos en la ciudad de Málaga, así como en la Ley 7/2006, de 24 de octubre, reguladora de las potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía. Asimismo será aplicable para el ejercicio de la potestad sancionadora por hechos constitutivos de infracciones leves en aquellas ordenanzas, bandos u otras normas municipales que así lo prevean.
Reglamento que regula los derechos y deberes de los usuarios de la EMT.
Este Reglamento regula el proceso de concesión de honores y distinciones municipales a aquellas personas naturales o jurídicas merecedoras de dicho reconocimiento, a tenor de lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local de la Ley 7/85 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/86 de 28 de Noviembre.
El Ayuntamiento de Málaga al amparo de la Ley 5/2002 constituye el Registro Municipal de Parejas de Hecho al que podrán acceder las parejas de hecho siempre que, al menos, uno de sus miembros tenga su residencia habitual y esté empadronado en el municipio de Málaga y se acrediten las circunstancias para su constitución.
Son fines específicos de este Registro servir de instrumento de
constancia y publicidad de parejas de hecho. La inscripción registral producirá la presunción de convivencia de los miembros de la pareja de hecho, salvo prueba en contrario.