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PERI-CH.2 Las Animas
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AR-PERI-CH.2      Ir a Plano

Suelo Urbano

PLANES ESPECIALES DE REFORMA INTERIOR

Z o n a CHURRIANA: CH

Identificación

Condiciones de ordenación

Objetivos

Otras Condiciones

Código

Denominación

Hoja
Plano

Superficie
total (m².)

Uso global

Edf. Bruta
(m²t/m²s)

Iniciativa

   

PERI-CH.2

LAS ANIMAS

22-24

57.887

RESIDENCIAL

0,35

PRIVADA

Se establece como objetivo del PERI la ordenación y urbanización de todo el ámbito.

Ordenanza: CTP-1, UAD-1 y UAD-2.

Techo máximo: 20.260 m².

Nº máximo de viviendas: 127.

Las cesiones de zonas verdes y equipamientos serán las establecidas por el reglamento de planeamiento para los suelos urbanizables.

Será condición vinculante que la propuesta viaria del PERI garantice la continuación de la trama viaria existente en el suelo urbano consolidado, aunque para ello sea preciso realizar un proyecto de reparcelación.

Los dos viales longitudinales y perimetrales al PERI tendrán una sección mínima de 15 m. para garantizar la continuidad con los suelos urbanizables, debiendo ejecutar el viario colindante al suelo urbano en su totalidad, y la mitad del viario colindante al SUP-CH.8.

Se urbanizará todo el ámbito del PERI y se ejecutará por el sistema de compensación.

Impacto severo (1).

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El contenido del presente documento
es a título informativo, no vinculante al Plan General.

PGMOM