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PE-LE.1 El Morlaco
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Suelo Urbanizable PLANEAMIENTO DE DESARROLLO Zona LITORAL ESTE: LE
Identificación Condiciones de ordenación Otras condiciones

Código

Denominación

Hoja Plano

Superficie total (m²)

Iniciativa

Plazo Redacción

Objetivos

Otras

PE-LE.1

EL MORLACO

15-16

--

PUBLICA

I

Ordenación de la zona litoral del Morlaco.

El uso en la zona marítimo-terrestre será únicamente el compatible con la Ley de Costas.

El Plan Especial determinará la ordenación de la parcela de suelo urbano incluida en el mismo con uso mayoritario de equipamiento.

La ejecución de la obra marítima corresponderá a la Jefatura de Costas y la urbanización se realizará por el Ayuntamiento.

La ubicación del Puerto de el Morlaco es indicativa. Por ello, su posible incorporación al Plan se realizará a través del procedimiento de modificación de elementos del Plan General, que se completará en el marco de la normativa sectorial de aplicación y de los estudios contenidos en la Declaración de Impacto Ambiental, analizando su repercusión en los Sistemas Generales y Locales, con los estudios sectoriales necesarios de viarios y dinámica del litoral.

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El contenido del presente documento
es a título informativo, no vinculante al Plan General.

PGMOM