COLEGIO OFICIAL DE MEDICOS DE MALAGA
- C.I.F:
- Q2966001F
- FINALIDAD:
- VARIAS
- DIRECCIÓN
- CL CURTIDORES 1
- CÓD. POSTAL:
- 29006
- DISTRITO:
- CRUZ DE HUMILLADERO
- MUNICIPIO:
- MÁLAGA
- DIRECCIÓN
- CL CURTIDORES 1
- CÓD. POSTAL:
- 29006
- MUNICIPIO:
- MALAGA
- Nº DE SOCIOS:
- 7600
- TELÉFONO:
- 951019400
- EMAIL:
- gerencia@commalaga.com
- PÁGINA WEB:
- www.commalaga.com
- NÚMERO:
- 03146
- FECHA INSCRIPCIÓN:
- Ámbito geográfico:
- PROVINCIAL
La finalidad fundamental del Colegio será la de procurar las mejores condiciones de calidad y dignidad en el ejercicio de la profesión médica en esta provincia y para ello, el Colegio procurará: 1. La ordenación en el ámbito de la provincia de Málaga, del ejercicio de la profesión médica, la representación y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados en el ámbito de su competencia y de acuerdo con el marco que establecen las leyes, sin perjuicio de la competencia de la Administración Pública por razón de la relacióin funcionarial o estatutaria. 2. La Salvaguardia y observancia d elos principios deontológicos, éticos y sociales de la profesión médica y de su dignidad y prestigio viligando el cumplimiento del Código de Ética y de Deontología Médica de la Organización Médica Colegial y también, en su caso, del Código de Deontología del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos conforme a los Códigos elaborados por la Organización Médica Colegial. 3. Velar por el adecuado nivel de calidad de las prestaciones profesionales de sus colegiados, pudiendo a tal fin establecer los oportunos sistemas de acreditación de los méritos profesionales de los médicos colegiados. 4. La promoción, por todos los medios a su alcance, de la constante mejora de los niveles científicos, culturales, económicos y sociales de los colegiados, a cuyo efecto podrá organizar y mantener toda clase de instituciones culturales, asociaciones, fundaciones y sistemas de previsión y protección social, de cualquier orden que sea, autorizados por las leyes. 5. La dedicacióin constante a la actualización profesional de sus colegiados a través de cursos y otras actividades de Formación Médica Continuada, bien directamente o en colaboración con las administraciones públicas y con instituciones públicas o privadas, para lo que se establecerán los oportunos convenios de colaboración. 6. La colaboración con los poderes públicos en la consecución del derecho a la protección de la salud de los ciudadanos de la provincia de Málaga y la más eficiente, justa y equitativa regulacióin de la asistencia sanitaria y del ejercicio de la Medicina, así como cuantos corresponde y señala la Ley de Colegios Profeisonales.