Detalle de Asociaciones

ASOCIACION CUSTODIA COMPARTIDA MALAGA POR LOS DERECHOS DEL MENOR Y LA FAMILIA

C.I.F:
G93173201
FINALIDAD:
INFANCIA Y FAMILIA
Domicilio Social
DIRECCIÓN
CL SIERRA DE GATA 20 Ofic. 3 - C.C. Cortijo de Mazas
CÓD. POSTAL:
29140
DISTRITO:
CHURRIANA
MUNICIPIO:
MÁLAGA
Domicilio Notificación
DIRECCIÓN
CL SIERRA DE GATA 20 Ofic. 3 - C.C. Cortijo de Mazas
CÓD. POSTAL:
29140
MUNICIPIO:
MALAGA

Nº DE SOCIOS:
86
MÓVIL:
688921084
EMAIL:
info@custodiacompartidamalaga.org
PÁGINA WEB:
www.custodiacompartidamalaga.org
Registro Municipal
NÚMERO:
02883
FECHA INSCRIPCIÓN:

Ámbito geográfico:
REGIONAL
Fines estatutarios

Los fines de la asociación serán los siguientes: 1. Promover ante la sociedad y los poderes públicos, la protección y defensa de los derechos de los/as menores de edad en los procedimientos de separación y divorcio. 2. Impulsar el cambio social promoviendo la igualdad entre sexo y/o género en las familias afectadas por procesos de separación/divorcio y divulgar la idoneidad del principio de co-parentalidad como modelo de crianza de los hijos/as, estén o no separados de sus progenitores. 3. Exigir que tanto la legislación como la práctica jurídica establezca la custodia compartida como un derecho de los/as menores, nacidos/as o adoptados/as en e marco de una relación de pareja, a seguir teniendo el mismo o similar contacto con ambos progenitores tras la ruptura de dicha relación. 4. Promover el respeto y el reconocimiento de la paternidad y la maternidad como proyectos vitales de la persona (al margen de cuál sea el sexo y/o género de las personas) y como realidades de igual rango sobre las que se fundan derechos fundamentales absolutamente idénticos. 5. Potenciar la transformación de los modelos culturales tradicionales de la paternidad y de la maternidad, promoviendo el intercambio de roles en un doble sentido: 1, impulsando, en el ejercicio de la paternidad la puesta en práctica de funciones y conductas antes reservadas a la madre, tales como la nutrición, los cuidados primarios del bebé, el juego, el cariño y el contacto físico cotidianos. Y 2, reconociendo también en la maternidad caracteres considerados tradicionalmente masculinos, como el sostén económico y la autoridad. 6. Fomentar una disposición de apertura en la maternidad que permita, desde el nacimiento, la participación libre y plena del varón en la crianza de los/as hijos/as. Hacer ver en consecuencia el perjuicio de que la crianza es, por naturaleza, un territorio exclusivo de las madres, e instar a los varones a comprometerse sin complejos ni prejuicios en ese ejercicio de una paternidad plena y responsable. Asimismo, promover la ampliación del permiso de paternidad hasta que este tenga una duración igual al permiso de maternidad. 7. Promover la tipificación como delito de aquellas conductas dirigidas a provocar en el/la menor el desarrollo del síndrome de Alienación Parental, es decir, cualquier intento por separar o crear un distanciamiento, físico o psicológico, entre el/la niño/a y alguno de sus progenitores, familiares o seres queridos. 8. Promover la creación de institutos, consejerías y concejalías para la defensa de los/as menores y para la salvaguarda de la relación de éstos/as con sus progenitores. 9. Ampliar el concepto de familia y exigir el reconocimiento institucional y la protección por parte del Estado, a través de este Instituto de la Familia, de todos los referentes familiares del/la menor, cualquiera que sea el modelo y la estructura de dichas familias. 10. Oposición contra cualquier forma de discriminación legal y social fundada en la variable del sexo y/o género y que, promovida por el estado o por determinados grupos sociales, pueda repercutir negativamente en el bien del/la menor. Oponerse asimismo al sexismo en todas sus manifestaciones y sentidos, tanto en el ámbito público como en el espacio doméstico o privado. 11. Abordar el fenómeno de la violencia intrafamiliar desde una perspectiva preventiva y educativa. 12. Alentar cambios en las pautas culturales que regulan las relaciones interpersonales y en las normas que modelan los procesos de separación, para que los sujetos implicados se vean y se reconozcan mutuamente como iguales, para que esa igualdad esté amparada por las instituciones en todo momento como principio en el que debe fundarse tanto la convivencia como el cese de la misma. 13. Trabajar en la mediación familiar para actuar preventivamente por el bien de los procesos de separación y divorcio y como vía que garantice el reconocimiento igualitario de las partes, que ayude en la resolución de los conflictos y que favorezca un clima de colaboración en la educación de los/as hijos/as. 14. Demandar a la Administración la adecuada dotación de medios para cubrir estos servicios de mediación profesional independientes y con un capital material y humano suficiente que permita la intervención mediadora antes, durante y después de la ruptura de la pareja. Asimismo, instar a los poderes públicos para que, en caso de desacuerdo entre las partes, se derive a las mismas a la intervención de los servicios de mediación familiar, como requisito previo a todo proceso contencioso. 15. Participar en la elaboración de cuantos proyectos de modificaciones de Ley tengan que ver con los derechos del/la menor, especialmente relativos a los procesos de separación y divorcio, y con el principio de igualdad entre hombres y mujeres. 16. Impulsar los cambios legislativos dirigidos a posibilitar y facilitar la aplicación práctica de los regímenes de Custodia Compartida. 17. En materia de vivienda, instar a los poderes públicos a facilitar el acceso a las viviendas de protección oficial a padres/madres separados/as. En materia laboral: establecer flexibilidad de horarios de trabajo y de períodos vacacionales, así como preferencia para la movilidad geográfica laboral a padres/madres separados/as, todo ello con objeto de preservar el contacto cotidiano y la cercanía de los menores con sus progenitores. 18. Velar por el cumplimiento de la legalidad y censurar y perseguir los comportamientos profesionales negligentes o carentes de ética en colectivos profesionales implicados en los procesos de separación y divorcio, tales como magistrados, fiscales, psicólogos, abogados y mediadores. 19. Denunciar la utilización ilegítima de procedimiento penales espurios en los procesos de separación y divorcio y auspiciar la toma de las medidas legislativas y jurídicas necesarias para prevenir y castigar dichas conductas. 20. Despertar la conciencia colectiva en padres y madres, respaldar y reforzar la afirmación identitaria en torno a un nuevo concepto de la paternidad. Apoyar la "visibilidad" social de la paternidad, sobre la base del reconocimiento del acceso de la masculinidad al espacio doméstico y al ámbito de la afectividad. Asimismo alentar esa "visibilidad" de los padres amparando su toma de postura pública, la expresión de sus problemas ante todo tipo de circunstancias y la exigencia del respeto de su dignidad. 21. Apremiar a los poderes pŽblicos para que se establezcan garantías eficaces que salvaguarden el ejercicio de la patria potestad compartida en los casos en que se ha impuesto o se ha acordado la custodia monoparental. 22. Solicitar y obtener subvenciones para los objetivos propios de la asociación. 23. Desarrollar programas y servicios de orientación y asistencia especializados a miembros de familias pos divorcio (madres, padres, hijos/as, abuelos/as).

Entidad de utilidad pública municipal
Fecha :

Conoce tu Ayuntamiento. Málaga a tu alcance