ASOCIACION DE MAYORES ZONA EUROPA
- C.I.F:
- G93146538
- FINALIDAD:
- MAYORES
- DIRECCIÓN
- CL NIÑO DE GLORIA 8
- CÓD. POSTAL:
- 29003
- DISTRITO:
- CARRETERA DE CADIZ
- MUNICIPIO:
- MÁLAGA
- DIRECCIÓN
- CL NIÑO DE GLORIA 8
- CÓD. POSTAL:
- 29003
- MUNICIPIO:
- MALAGA
- Nº DE SOCIOS:
- 110
- TELÉFONO:
- 952318815
- EMAIL:
- zonaeuropa@hotmail.com
- NÚMERO:
- 02493
- FECHA INSCRIPCIÓN:
- Ámbito geográfico:
- LOCAL
Los fines de la Asociación serán los siguientes: a) Como fin fundamental, la defensa de los intereses generales de los mayores, incluida su formación y educación en su condición de usuarios y destinatarios finales de la adquisión, utilización o disfrute de bienes muebles o inmuebles, productos, servicios, actividades o funciones, cualquiera que sea la naturaleza pública o privada, individual o colectiva, de quienes lo producen, facilitan, suministran o expiden. B) Fomentar una mejor convivencia entre los mayores que la compone, llegando a través de ella, a un desarrollo de formación tanto a niveles personales, como familiares y comunitarios. C) La realización de las actividades directas o indirectas, que tiendan a fortalecer a la Asociación, dentro del ordenamiento constitucional y utilizando para ello los recursos previstos en la Ley. D) El mejoramiento de las condiciones de vida de los mayores en las siguientes materias: Sanidad y consumo, Vivienda, Educación, Urbanismo, Deporte, Seguridad Ciudadana, Ocio y Tiempo Libre, Cultura, Mujer, Juventud, Tercera Edad, Infancia, Economía y Medio Ambiente; así mismo será objeto por parte de esta Asociación, la atención integral por zonas o barrios, que se desarrolle en el campo de actuación de los Servicios Sociales Comunitarios. E) La democratización de la vida municipal, trabajar para conseguir la participación de todos los mayores en la política social y económina en su localidad. F) Velar y exigir el cumplimiento, por parte de las Administraciones, de los derechos reconocidos a las Asociaciones de Mayores, como entidades de interés general y de participación, en las leyes estatales, reglamentos, leyes autonómicas y/o municipales, y en especial de que las Asociaciones de Mayores seran declaradas Entidades de Utilidad Publica. G) Y en el ámbito de consumo, tal y como prescribe 1 Ley 26/84 de 19 de julio de 1984 General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: ser escuchados en consulta en el procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general relativas a materias que afecten directamente a los Mayores.