Detalle de Asociaciones

ASOC. B.A.O. BIPOLARES DE ANDALUCIA ORIENTAL

C.I.F:
G92844570
FINALIDAD:
SALUD Y ACCESIBILIDAD
Domicilio Social
DIRECCIÓN
CL MORERAS LAS 2 1 Despacho 5
CÓD. POSTAL:
29014
DISTRITO:
CIUDAD JARDIN
MUNICIPIO:
MÁLAGA
Domicilio Notificación
DIRECCIÓN
CL MORERAS LAS 2 1 Despacho 5
CÓD. POSTAL:
29014
MUNICIPIO:
MALAGA

Nº DE SOCIOS:
192
MÓVIL:
678924287
EMAIL:
baomalaga@gmail.com
PÁGINA WEB:
www.trastornobipolarbao.com
Registro Municipal
NÚMERO:
02018
FECHA INSCRIPCIÓN:

Ámbito geográfico:
REGIONAL
Fines estatutarios

Constituyen los fines de la Asociación de Bipolares de Andalucía Oriental (B.A.O): a. Promover la agrupación de los pacientes afectados por el TRASTORNO BIPOLAR, así como familiares de los mismos, personas afines y colaboradores, de forma altruista, para poder trabajar de manera coordinada en las mejora de los síntomas del TRASTORNO BIPOLAR, en la defensa de las necesidades y los derechos de las personas afectadas. b. Contribuir al conocimiento, estudio, investigación y asistencia de la enfermedad denominada TRASTORNO BIPOLAR. c. Proporcionar orientación e información acerca de dicha enfermedad, así como fomentar la autoayuda y el apoyo necesario a los enfermos afectados por el TRASTORNO BIPOLAR y familiares de los mismos. d. Apoyar a los pacientes y sus respectivas familias, psicológica, emocional y socialmente para promocionar la adaptación y calidad de vida del paciente y de su familia. e. Velar para el fomento del interés y desarrollo de recursos asistenciales y de apoyo e integración social por parte de las diferentes administraciones e instituciones públicas y privadas, principalmente, respecto del TRASTORNO BIPOLAR, así como del resto de patologías mentales. f. Fomentar la difusión, información y conocimiento social de la enfermedad del TRASTORNO BIPOLAR para estimular la solidaridad y contribuir a desmitificar el estigma social de la enfermedad. g. Impulsar la reivindicación en nombre de los pacientes y familiares afectados, de sus derechos, imagen y necesidades ante todas las instancias públicas y privadas. Establecer y desarrollar contactos con otras Asociaciones Científicas y de ayudas, dedicadas a la asistencia del TRASTORNO BIPOLAR para difundir, promover y aprovechar los recursos disponibles. h. Cualquier otra acción legal que, de modo directo o indirecto, ayude o redunde en beneficio de los enfermos de TRASTORNO BIPOLAR y de sus respectivas familias.

Entidad de utilidad pública municipal
Fecha :

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