ASOC. INTERNACIONAL DEL TELEFONO DE LA ESPERANZA -ASITES
- C.I.F:
- G85590685
- FINALIDAD:
- ACCION SOCIAL
- DIRECCIÓN
- CL HURTADO DE MENDOZA 3
- CÓD. POSTAL:
- 29012
- DISTRITO:
- CENTRO
- MUNICIPIO:
- MÁLAGA
- DIRECCIÓN
- CL HURTADO DE MENDOZA 3
- CÓD. POSTAL:
- 29012
- MUNICIPIO:
- MALAGA
- Nº DE SOCIOS:
- 124
- TELÉFONO:
- 952652651
- MÓVIL:
- 667362355
- FAX:
- 952652651
- EMAIL:
- malaga@telefonodelaesperanza.org
- PÁGINA WEB:
- https://telefonodelaesperanza.org/malaga
- NÚMERO:
- 00430
- FECHA INSCRIPCIÓN:
- Ámbito geográfico:
- NACIONAL
La Asociación Internacional del Teléfono de la Esperanza se propone los siguientes fines: 4.1. Ofrecer ayuda de urgencia a cuantas personas, familias o colectivos lo soliciten, de modo gratuito, anónimo y cualificado. Son de atención prioritaria las crisis en las que peligra la vida y la salud mental o emocional de las personas, así como aquellos colectivos con riesgo de exclusión social, inmigrantes, víctimas de violencia doméstica y de género, víctimas de agresiones sexuales, víctimas de accidentes de tráfico, víctimas del terrorismo, víctimas de todo tipo de catástrofes, enfermos mentales, adictos, dependientes, problemas familiares, personas con riesgo suicida, población sin techo, tercera edad, desempleados, reclusos, infancia y juventud, minorías étnicas, personas con discapacidad funcional o personas que sufran discriminación por razón de sexo, raza, religión, ideología o cualquier otro motivo. 4.2. Promover la salud emocional y la calidad de vida de las personas, familias y otros colectivos como medio eficaz de prevenir las crisis y los conflictos interpersonales. 4.3. Fomentar la solidaridad y la cooperación internacional, especialmente, dentro del mundo hispano-luso hablante. 4.4. Promover el voluntariado como medio de participación y desarrollo de la sociedad civil. 4.5. Prestar asistencia psicológica a las víctimas de accidentes de tráfico, así como facilitar su representación y defensa, mediante el desarrollo de programas asistenciales dirigidos a paliar las situaciones personales provocadas por estos accidentes. 4.6. Y, en general, colaborar en cuantos fines lícitos y legalmente permitidos estén en consonancia con el espíritu de la Asociación recogido en estos estatutos.